Resumen | |
[J] | Vulneración del derecho al honor por la indebida inclusión en ficheros de solvencia patrimonial(publicado en Actualidad Diaria 4649 el 30 de octubre de 2023) |
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Alegó que tuvo conocimiento fortuito de que sus datos se encontraban incluidos en un fichero de solvencia patrimonial al dirigirse a una entidad financiera, y que entonces ejercitó su derecho de acceso al fichero Asnef de Equifax pudiendo constatar que, efectivamente, sus datos personales aparecían en este "por una supuesta deuda impagada de cuatro mil seiscientos veintisiete euros con sesenta y cinco céntimos (4.627,65 €), los cuales habían sido comunicados por la demandada el 10-07-2018". Dijo también que no había "tenido constancia de la presunta deuda a través de ningún tipo de comunicación ni, por tanto, de una advertencia de inclusión de sus datos en el citado fichero en caso de impago, circunstancias que reflejan el evidente incumplimiento de la demandada de la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal", y que la "inscripción y publicación de la inexistente deuda y de [... sus] datos [...] en el antedicho fichero [...] supone una intromisión ilegítima en [... su] honor [...], ya que implica la imputación del incumplimiento de una inexistente obligación pecuniaria, con el descrédito que ello supone para su fama, reputación, propia estimación y dignidad".
Alegó que la demandante era deudora de la entidad a consecuencia de un préstamo de 6000 euros solicitado para cambiar una instalación eléctrica e iluminación led que se había obligado a devolver, con sus correspondientes intereses, en 48 cuotas mensuales de las que tan solo había abonado 7, "teniendo impagadas 35 cuotas vencidas", y que, antes de ser incluida en el fichero, "se remitieron a la deudora sendos requerimientos previos de pago respecto de la deuda existente en el momento de enviarse los mismos".
El Supremo desestima el recurso. | |
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